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TALLER DE CAPACITACIÓN

 

El día 24 de Julio de 2014 se comienzan los Tallere de Capacitación por parte de la Asistente Social Valeria CHELONI

 

Taller de capacitación a cargo de la Asistente Social.-

Se procede a realizar el Taller de capacitación, enumerando los puntos a tratar y capacitar según lo exigido por el MVOTMA, comenzando por  que es una Asamblea General, Tipos de Asambleas y Comisión FISCAL (rol y cometidos)

 

Asamblea General

 

DESCARGAR MANUAL DE PROCEDIMIENTO GENERAL DE ASAMBLEA GENERAL

 

 

TIPOS DE ASAMBLEAS

ASAMBLEA ANUAL ORDINARIA

 

 

 Por Ley 18407 a los 180 días finalizado el ejercicio del año anterior que transcurre desde el 1 de enero al 31 de diciembre, debe de realizarse esta Asamblea.

Se establece que existe 120 días terminado el ejercicio del año anterior para enviar documentación  ( boletas  y el libro diario para realizar el balance).

Cuando se convoca para Asamblea Anual Ordinaria deben de tener en cuenta el siguiente orden del día.

  • Memoria Anual

  • Balance

  • Informe de la Comisión Fiscal

  • Proyecto de distribución de utilidades

 

A continuación vamos a desarrollar cada punto del orden del día:

  • Memoria Anual: La debe realizar el Consejo Directivo en ½ carilla, informa sobre lo actuado por la cooperativa en el año un ejemplo podrían informar sobre el estado de trámites, eventos, terrenos, entre otras cosas que ustedes consideren relevante.

  • Balance: este lo debe de realizar el contador  en base al libro de caja pero al terminarlo lo debe de firmar Presidente y secretario de la cooperativa. El balance estará compuesto por el estado situación patrimonial y el estado de resultados . Cuando hacemos referencia al estado de situación patrimonial nos referimos a dinero, bienes, créditos a cobrar y deudas por pagar de la cooperativa. Y cuando se refiere al estado de resultados éste se encuentra  compuesto por los ingresos ya sean por  pago de cuotas, eventos, beneficios, etc; y por lo egresos sean gastos de papelería, trámites, viáticos, representación y otros gastos.

  • Informe de la Comisión Fiscal:  Opinión sobre la gestión de la cooperativa en relación al manejo de fondos, sobre el balance. Si hubiera alguna irregularidad y si sugiere la aprobación del mismo o si realiza alguna observación.

  • Reserva Legal: La ley establece que con las utilidades se deberán crear fondos los cuales no serán distribuibles solo podrán utilizarse para absorber pérdidas. Lo único que es reintegrable y se le deberá pagar al socio que se retira son las 2 UR.

De las utilidades se deberá distribuir un 15 % en reserva legal : establecida por ley

20% Fondo de fomento cooperativo: destinado al cumplimiento de los fines atribuidos a la comisión de fomento

20% de socorro : destinado a cubrir las dificultades transitorias de los asociados relacionadas al cumplimiento de las obligaciones periódicas de los asociados por cuestiones ajenas a su voluntad con la cooperativa.

20% fondo de mantenimiento: tendrá por objeto asegurar el correcto estado de conservación y de habitabilidad de las viviendas.

25% fondos de servicios comunes: su finalidad será atender todas las erogaciones que demande el desarrollo de las actividades comunitarias que no sean satisfecha por los demás fondos sociales.

Estos fondos serán utilizados  cuando se deba cubrir algunos de los objetivos que tienen cada uno de ellos y la cooperativa no cuente con resultados positivos en su estado de resultados. 

 

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

 

 

 

 

 

 

 COMISION FISCAL

DESCARGAR MANUAL DE COMISION FISCAL

 

La comisión fiscal es el órgano de contralor de regularidad de los actos y contratos, controla el desarrollo de los registros contables, observa a los diferentes órganos por la realización de cualquier irregularidad  de la cooperativa.

Su principal función es controlar al consejo Directivo y comisiones, debiendo fiscalizar al Tesorero para brindar transparencia de la gestión que se realiza de los recursos patrimoniales de la cooperativa. Como sabemos sobre la persona del tesorero se encuentra el manejo de dinero de la cooperativa generado por cobranzas y pago de gastos.

¿Como se realiza la fiscalización?

Mediante Arqueos de fondos controla  que el saldo de dinero que dice la planilla coincida con el efectivo que el tesorero tiene en su poder. La comisión fiscal debe contar billete por billete.

Debe verificar

  • la suma del saldo de la planilla: el mismo se obtiene de la suma de ingresos menos los egresos.

  • Control de documentos: se deben verificar que existan todos comprobantes de gastos.

  • Control de cobranza: el importe que figura en el libro de caja debe coincidir con la suma de recibos.

¿Como respaldar el trabajo?

En el libro de caja  se debe firmar hasta donde se controlo junto al saldo que figura en el libro de caja. También se pueden llevar actas firmadas en un libro de foliado donde podrán extenderse en lo que fiscalizaron debiendo comenzar colocando la fecha en que se realizó, tareas que se llevaron a cabo y que resultados arrojo.

La comisión fiscal debe controlar libro de asistencias, libro de actas, de socios para corroborar que se encuentren actualizados.

Referido a la Asamblea Anual Ordinaria debe de informar si recomienda o no la aprobación del balance.

 

TESORERO

 

DESCARGAR MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL TESORERO

 

La función del tesorero es el manejo de los fondos de la cooperativa, llevar el registro de entradas y salidas de dinero.

Registrar cada movimiento en el libro diario o de caja.

Ejemplo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DESCARGAR MANUAL LABRAR ACTAS

 

PRINCIPIOS Y VALORES COOPERATIVOS

 

06/11/2014

 

Los principios y valores son los elementos distintivos de las organizaciones y empresas cooperativas. Ya en 1844, los Pioneros de Rochdale, fundadores de la primera cooperativa de la historia, habían formulado un sistema de principios simple, claro y contundente, que les aseguró la conducción de la organización en beneficio de sus miembros.

La nueva Declaración de Identidad Cooperativa adoptada por la II Asamblea General de la ACI -que se realizara en el mes de setiembre de 1995 en la ciudad de Manchester, en oportunidad de la celebración del Centenario de la Alianza- incluye una nueva definición de cooperativa y una revisión de la formulación de los Principios y Valores Cooperativos. La nueva formulación mantiene la esencia de un sistema de principios y valores que demostró ser eficiente en casi 170 años de historia y contribuyó a transformar al cooperativismo en una de las mayores fuerzas sociales y económicas a nivel mundial, a la vez que incorpora nuevos elementos para una mejor interpretación del momento histórico actual.

DEFINICIÓN DE COOPERATIVA

 Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada.

 

VALORES COOPERATIVOS

Las cooperativas se basan en los valores de ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad y solidaridad. Siguiendo la tradición de sus fundadores sus miembros creen en los valores éticos de honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por los demás.

 

PRINCIPIOS COOPERATIVOS

Primer Principio: Membresía abierta y voluntaria

Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.

Segundo Principio: Control democrático de los miembros

Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones.

Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa, responden ante los miembros.

En las cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.

Tercer Principio: Participación económica de los miembros

Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa.

Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de membresía.

Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: El desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía.

Cuarto Principio: Autonomía e independencia

Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros.

Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.

Quinto Principio: Educación, formación e información

Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas.

Las cooperativas informan al público en general, particularmente a jóvenes y creadores de opinión, acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.

Sexto Principio: Cooperación entre cooperativas

Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

Séptimo Principio: Compromiso con la comunidad

La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros

 

 

 

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